Se modifican diversas leyes relativas al VIH
Notiese. El requisito de no ser reactivo a una prueba de VIH para poder ingresar a estudiar a un plantel de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) vulnera los derechos de igualdad y de no discriminación de las personas aspirantes a recibir instrucción dentro de dicho sistema educativo, determinó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
De acuerdo con la ministra ponente, Lenia Batres Guadarrama, el rechazo de personas que viven con VIH en los planteles educativos dependientes de la Sedena es una medida discriminatoria, pues quienes han sido diagnosticados con dicha infección “pueden mantener controlado el virus y llevar una vida sana si siguen un tratamiento eficaz”.
Por lo anterior, resaltó en su proyecto que “portar el virus no implica que estén impedidos para acceder al derecho a la educación; pues el diagnóstico positivo de la enfermedad no conlleva invariablemente la imposibilidad para aspirar a una especialidad a través de un concurso de selección”.
Como parte de su sentencia, estableció que en nuestro país “está prohibido imponer condiciones discriminatorias para acceder a la educación, sobre todo, cuando estas limitaciones están basadas en la salud de las personas”.
"Peligro de contagio"
Mientras tanto, en el estado de Tlaxcala, la diputada Aurora Villeda Temoltzin propuso en el Congreso local derogar diversas disposiciones del Código Penal para eliminar el delito denominado “peligro de contagio”. Esto con la finalidad de erradicar la discriminación y garantizar la protección de los derechos humanos de las personas que viven con VIH.
Dicho artículo establece que “a quien sabiendo que padece una enfermedad grave, en periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por cualquier medio transmisible, se le impondrán de tres a cinco años de prisión y multa de 216 a 360 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (...). En caso de que se trate de una enfermedad incurable, se le impondrá una pena de tres a 10 años de prisión y multa de 216 a 720 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización”.
La legisladora enfatizó que es urgente derogar dicho mandato, porque éste es contrario a la protección de los derechos humanos, a la no discriminación y la dignidad humana. Además, señaló, la manera en que el estado de Tlaxcala ha configurado el delito de peligro de contagio propicia un desequilibrio en el acceso a la justicia, pues “las ambigüedades del tipo penal, sumadas a la prisión preventiva oficiosa, crean condiciones para que haya personas detenidas por algo que no sabían que era un delito, lo que les impide acceder a tratamientos antirretrovirales y mantener su adherencia, vulnerando sus derechos a seguridad jurídica; legalidad y debido proceso; presunción de inocencia y privacidad”.
Derechos humanos de las personas con VIH
Con motivo del Día Mundial de Respuesta al VIH 2024, el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/sida (Onusida) lanzó una campaña con el mensaje “Toma el camino de los derechos”, la cual hace énfasis en la urgencia de derogar las leyes penales y de otro tipo que atenten contra los derechos de las personas, impulsando aquellas legislaciones y enfoques que los promuevan.
De acuerdo con Onusida, los mandatos del marco internacional de derechos humanos tienen fuerza de ley, y las comunidades tienen derecho a exigir a los titulares de obligaciones que rindan cuentas del cumplimiento de los compromisos que han contraído en materia de derechos humanos.
Como parte de esta campaña, el próximo 1 de diciembre se dará a conocer el informe “Toma el camino de los derechos”, que será una herramienta para que los líderes de acción opten por trabajar más en materia de reconocimiento de los derechos humanos.
Tanto la Declaración Política sobre el VIH y el sida de 2021 como la Estrategia Mundial contra el SIDA 2021-2026 piden a los países comprometerse con los siguientes objetivos: que para 2025, menos del 10 por ciento de las personas que viven con VIH y las poblaciones clave experimenten estigma y discriminación, menos del 10 por ciento experimentan desigualdades y violencia por motivos de género y menos del 10 por ciento de los países tienen leyes y políticas punitivas.
Leyes contra la discriminación
Con el objetivo de ampliar la protección del derecho a la no discriminación a favor de las poblaciones LGBTIQ+, se presentó en la Cámara de diputados una iniciativa de reforma constitucional, con el fin de “prohibir la discriminación por orientación sexual, identidad de género, expresión de género y/o características sexuales” en sustitución del término “preferencias sexuales”.
De acuerdo con la impulsora de la iniciativa, la legisladora Laura Hernández García, al aprobar la propuesta se daría un paso histórico para el reconocimiento de los derechos humanos de todas las poblaciones LGBTIQ+, pues esta modificación al texto del artículo 1° constitucional servirá como base para modificar las constituciones de cada entidad federativa, los bandos municipales y de buen gobierno de todo el país, las leyes en contra de la discriminación, entre otras. Además, permitiría impulsar nuevas leyes en favor de los derechos de las personas trans y la tipificación de los crímenes por prejuicio, mejor conocidos como crímenes de odio.