Reconoce BCS los derechos de personas trans — letraese letra ese

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Reconoce BCS los derechos de personas trans


Notiese. Con una mayoría dividida, el Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó una reforma al artículo 144 Ter del Código Civil del estado, en el que plantearon permitir a las niñas, niños y adolescentes cambiar su género en sus actas de nacimiento a través de procesos administrativos rápidos, gratuitos y libres de prejuicios para las infancias trans y no binarias.

La medida, debatida el pasado 20 de junio en el pleno del Congreso, respondió a una orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que consideró como inconstitucional que se prohíba este trámite administrativo a niños, niñas y adolescentes trans en Baja California Sur.

De esta manera, el artículo en cuestión establecerá que “pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género y cambio de nombre, previa la anotación correspondiente de su acta de nacimiento primigenia, quienes requieran el reconocimiento de su identidad de género”.

Por lo tanto, se eliminó la porción normativa sobre “mayores de edad” que estaba plasmada en este artículo del Código Civil y que impedía a niñas, niños y niñes realizar modificaciones en este documento oficial.

En el artículo quedó establecido que los padres, madres, tutores o un representante legal deberá avalar el procedimiento, con la asistencia directa de la Procuraduría de los Derechos de la Infancia, así como que las y los funcionarios públicos no podrán exigir requisitos basados en prejuicios o estereotipos, como la acreditación de procedimientos quirúrgicos u hormonales; certificaciones médicas, psicológicas o de cualquier otro tipo que resulten estigmatizantes.

Hasta el momento, 21 entidades federativas reconocen el derecho a la identidad de género de las personas trans: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Estado de México, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala y Zacatecas.

Sólo cuatro entidades: Baja California, Baja California Sur, Jalisco y Sinaloa, han realizado modificaciones a sus leyes civiles para que personas menores de edad puedan llevar a cabo su reasignación de acta de nacimiento conforme a su identidad de género. Este trámite de corrección en documentos es posible sin restricción de edad sólo en Jalisco, mientras que en Ciudad de México y Oaxaca es a partir de los 12 años.

Quedan pendientes las modificaciones a los Códigos Civiles de Estado de México, Oaxaca, Puebla y Sonora conforme a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la materia.

Descarta la CDMX el transfeminicidio

El Gobierno de la Ciudad de México decretó este viernes que los asesinatos de mujeres trans deben ser investigados como feminicidios, luego de que se solicitara una reforma al artículo 148 bis del Código Penal de la Ciudad a fin de reconocerles su calidad de víctimas.

Lo anterior, después de que el actual jefe de Gobierno capitalino, Martí Batres, publicó un decreto en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, donde solicita que, para efectos de dicho artículo, se agregue que “el término mujer incluye a todas las mujeres a lo largo de su ciclo de vida, así como a todas las personas de género femenino”.

Por lo tanto, conforme a la reforma, se reconoce a las mujeres trans como mujeres sujetas de derechos sociales y jurídicos protegidos en la legislación local vigente.

El artículo 148 bis señala que el feminicidio es cometido por quien, por razones de género, prive de la vida a una mujer. De acuerdo con este apartado, las razones de género pueden ser: presencia de signos de violencia sexual o de lesiones inflamantes previo o posterior a la privación de la vida; amenazas o acoso previo; violencia, lesiones o cualquier otro tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar de la víctima; una relación cercana previa, afectiva laboral, docente o de confianza; una relación de parentesco, matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad; cuerpo expuesto en un lugar público; incomunicación forzada por parte de la víctima o imposibilidad de defensa.

El pasado 13 de junio, la comunidad trans de la capital mexicana acudió al Congreso de la Ciudad de México para exigir la discusión y la aprobación de la Ley Paola Buenrostro, con la cual se buscaba tipificar el transfeminicidio en la ciudad.

Derechos pendientes

A 17 meses de que venció el plazo otorgado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que el Congreso de Puebla legislara sobre la identidad sexogenérica de menores, las dos iniciativas que se han presentado sobre el tema fueron devueltas a comisiones a sólo 15 días de que termine el último periodo ordinario de sesiones de la actual legislatura.

Al respecto, la diputada Mónica Silva Ruiz reiteró que busca que el Congreso avance en la discusión sobre el cambio de identidad de género en documentos oficiales para las infancias trans.

Recordó que a mediados de marzo de 2023 la SCJN determinó que se debía legislar en la materia en un lapso de un año, mismo que ya venció.

Explicó que el mandato de la Corte no los obliga a votar a favor del cambio de identidad de género, sólo a discutir el tema. Para que se apruebe, destacó que los diputados deben generar conciencia y estar sensibilizados en la materia a fin de tomar la mejor decisión posible desde una perspectiva de derechos humanos.

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