El VIH no se debe criminalizar
En la respuesta a la epidemia del VIH y el sida en el país, siempre ha existido la tendencia de pretender detenerla o supuestamente proteger a personas indefensas, criminalizando a las personas portadoras del virus. De este modo, en la mayoría de los estados del país existe el delito de “peligro de contagio” de las infecciones de transmisión sexual, que imponen penas de prisión. En los hechos, dichas normas punitivas exponen sobre todo a las personas con VIH como potenciales criminales.
Por fortuna, en 2015, a partir de una acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH, la SCJN declaró la invalidez del artículo 158 del Código penal de Veracruz que criminalizaba dicho contagio, por considerarlo discriminatorio. Esa resolución ha iniciado una incipiente tendencia en sentido contrario de tratar de derogar esas normas punitivas en los congresos estatales. Recientemente, el congreso de Nayarit eliminó el delito de peligro de contagio en su normativa, sumándose a los estados de Aguascalientes y de San Luis Potosí. Y en Morelos ya se presentó una iniciativa en ese mismo sentido. Ha sido la acción de las organizaciones sociales, como la Red Mexicana de Organizaciones en contra de la Criminalización del VIH, la que está impulsando estos cambios en defensa de los derechos de las personas con VIH y en contra del punitivismo discriminador.