Lanzan protocolo de atención en salud a población de la diversidad sexual — letraese letra ese

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Lanzan protocolo de atención en salud a población de la diversidad sexual


Como parte de los compromisos adquiridos por el gobierno federal con la comunidad lésbico, gay, bisexual, trans e intersexual durante la conmemoración del Día Internacional de Lucha contra la Homofobia en 2016, la Secretaría de Salud (SS) federal publicó el Protocolo para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica de las Personas Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual (LGBTTTI), en respuesta a la petición de contar con herramientas que les faciliten el acceso a servicios médicos.

La finalidad del documento, presentado en la víspera de la XXXIX Marcha del Orgullo LGBTI de la Ciudad de México, es garantizar el acceso efectivo y sin discriminación a los servicios de salud para la población de la diversidad sexual, así como establecer criterios específicos de atención a mujeres lesbianas y bisexuales, hombres gay y bisexuales, personas trans y personas intersexuales.

A fin de apoyar al personal de salud, el protocolo contiene un marco jurídico de respaldo, una serie de definiciones operativas y principios orientadores, así como acciones afirmativas que garanticen servicios de salud incluyentes.

De esta manera, el documento ofrece guías específicas de atención para diferentes sectores de la comunidad LGBTI: mujeres lesbianas y bisexuales, hombres gay y bisexuales, personas transgénero, atención de intersexualidad y de variación en la diferenciación sexual, y adolescentes, niños y niñas.

Algunas de las propuestas del protocolo son la imposibilidad para considerar a la orientación sexual, identidad o expresión de género como patologías ni prescribir tratamientos y/o evaluaciones psicológicas por las mismas causas. También se prevé evitar los comentarios o expresiones heterosexistas, homofóbicas y discriminatorias.

Se recomienda que sólo en caso de que sea muy necesario se consignarán o interpretarán los resultados de estudios conforme al sexo de nacimiento y no a la identidad social. Igualmente, el personal de los servicios de salud deberá de contar con un directorio de instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la temática.

A su vez, se establece que si bien en el expediente clínico de la personas se debe asentar los datos personales que coinciden con los documentos legales de la misma, también se debe supervisar que en el registro e información al interior de los centros de atención se privilegie la autodenominación de la persona. Esto es necesario para garantizar que sus carnets, credenciales y otros documentos se elaboren conforme a su identidad o expresión de género. En caso de requerir asentar el sexo de nacimiento, se deberá hacer previo consentimiento informado y garantizando la protección de datos personales.

De igual manera, se solicita facilitar la presencia de parejas o personas de confianza de la personas LGBTI durante el proceso de toma de decisiones en los mismos términos que el resto de la población atendida.

A partir de la publicación de este protocolo, todas las instituciones de salud deben implementar capacitaciones, campañas de difusión, labores de sensibilización en todas sus áreas, incluidas las administrativas, a fin de garantizar que el centro de salud sea un espacio incluyente, libre de estigma y discriminación.

Por medio de un comunicado de prensa, el titular de la SS, José Narro Robles exhortó al personal del Sistema Nacional de Salud “a conocer y poner en operación estos lineamientos y cumplir con lo establecido en el Artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que mandata que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, y que es responsabilidad de las autoridades federales y estatales establecer los mecanismos para garantizar el acceso a la salud sin discriminación ni exclusión, en atención a las necesidades específicas de cada grupo poblacional”.

El funcionario agregó que este Protocolo también se ciñe al llamado que ha hecho la Organización Mundial de la Salud a sus Estados miembro de diseñar políticas de acceso a servicios sin discriminación, debido a que la homofobia, transfobia, bifobia y otras formas de discriminación son un obstáculo para el acceso a servicios.

En la elaboración del Protocolo y las Guías participaron autoridades gubernamentales, expertos en derechos humanos y servicios médicos, así como miembros de la sociedad civil y la academia.

Garantizar el acceso a la salud

En el marco del Día de la Salud Universal, 12 de diciembre, la Organización Panamericana de la Salud llamó a derribar las barreras que impiden el acceso de las personas LGBTI a los servicios de salud y a enfrentar las causas de las disparidades en cuanto al acceso y la utilización de esos servicios por parte de estas personas.

Desde esa perspectiva, el organismo recordó que el acceso universal se define como la ausencia de barreras de tipo geográfico, económico, sociocultural, de organización o de género y se logra a través de la eliminación progresiva de las barreras que impiden que todas las personas utilicen servicios integrales de salud, determinados a nivel nacional, de manera equitativa. Esto debido a que se ha detectado que la población LGBTI enfrenta peores disparidades que las personas heterosexuales en el acceso a la atención de salud debido a que sufre de estigmatización y discriminación, provocando que las personas no utilicen de manera temprana y oportuna los servicios de atención de salud o no los utilicen en absoluto.



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