Por decreto: familias divididas — letraese letra ese

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Por decreto: familias divididas


Formar una familia fue el deseo que trasladó a Felipe y Manuel desde Italia y España, respectivamente, hasta Tabasco. Hicieron todos los arreglos necesarios con mujeres que prestarían sus vientres para que sus hijos pudieran nacer. Jamás imaginaron que en el proceso, la familia que tanto deseaban se expandiría e integraría a más miembros.

El Código Civil de Tabasco permitía la gestación subrogada y asistida, por lo que firmaron los contratos requeridos y se dedicaron a esperar a que las técnicas de reproducción asistida funcionaran para que los hijos que tanto deseaban vinieran en camino, algo que en sus países de origen era difícil por los altos costos del proceso o los vacíos legales. Los partos se llevaron a cabo sin problemas y se cumplieron los acuerdos, por lo que el regreso a casa era cuestión de días.

El último detalle era obtener las actas de nacimiento de los infantes para poder tramitar sus pasaportes, que viajaran a sus respectivos destinos y conocieran a los demás integrantes de sus familias. El Registro Civil se negó a hacerlo con diferentes argumentos, provocando que esas dos semanas de viaje se prolongaran a casi cuatro meses, de diciembre de 2016 a marzo de 2017.

Felipe y Manuel no se conocían, pero al buscar apoyo legal para poder llevar a sus hijos a sus países de origen, formaron una familia por varios meses. Compartieron el mismo espacio y las responsabilidades en el cuidado de los hijos así como los gastos, los cuales ascendían a más de dos mil pesos diarios, divididos entre alquiler de cuarto de hotel, alimentación, transporte, fórmula para los pequeños, pañales, papel higiénico, ropa, cobijas, entre otros gastos. Incluso, la familia de Manuel llegó a México para apoyarle en el cuidado de Martín, su hijo, y el de sus “hermanas” de habitación, Ema y Sofía, hijas de Felipe.

Martín, Ema y Sofía tuvieron suerte y no pasaron por la situación de Alejandro, otro niño nacido bajo el mismo método en enero de 2017, quien fue separado de su padre, Michael, a un día de nacido, por las autoridades tabasqueñas, por considerar que se había violado la ley. La situación duró más de 20 días, en los cuales, su padre no pudo verlo ni cuidarlo sino que debió litigar para poder volver a tenerlo a su lado, cosa que logró casi un mes después, pudiendo irse a Nueva York juntos a comenzar una nueva vida.

Interpretación de la ley

El único requisito extra para poder registrar a un bebé nacido a través del método de gestación materna sustituta es el contrato debidamente certificado, explicó, en entrevista, León Altamirano, abogado especialista en derecho civil, quien acompañó los casos de Felipe y Manuel, entre otros. Desde 1997, año en que se aprobó el capítulo de gestación asistida y subrogada en el Código Civil tabasqueño, hasta noviembre de 2015, no se habían presentado trabas legales con respecto al registro de bebés procreados bajo este método de reproducción asistida, indicó.

El panorama cambió cuando en noviembre de 2015, el gobernador, Arturo Núñez Jiménez, envió una propuesta al Congreso tabasqueño para reformar dicho capítulo y establecer que las personas extranjeras no podían acceder a dicha técnica en la entidad. Los hechos provocaron que los casos que involucraran a personas extranjeras ya no se atendieran en las oficialías del Registro Civil sino en la Dirección General del organismo, una función, cuestiona Altamirano, que sólo corresponde a los jueces u oficiales.


Según el Código Civil de Tabasco, “la gestación por contrato se efectuará a través de la práctica médica, mediante la cual una mujer gesta el producto fecundado por los
padres contratantes, cuando la madre pactante padece imposibilidad física o contraindicación médica para llevar a cabo la gestación”.


El ambiente se tensó cuando se aprobó la reforma porque sólo se respetarían los contratos firmados por extranjeros hasta el 13 de enero de 2016, fecha de entrada en vigor de la medida. Por tanto, según las autoridades, los últimos bebés nacidos por gestación subrogada serían dados a luz en octubre de ese mismo año. Lo que no tomaron en cuenta, refirió el abogado, es que la firma del contrato no corresponde con la fecha en que tuvo éxito la transferencia embrionaria, pues ésta no siempre se logra en la primera oportunidad, y por tanto, iban a nacer bebés en noviembre y diciembre o hasta 2017. Cuando éstos nacieron, el Registro Civil comenzó a negarles su documentación legal.

En una primera instancia, el organismo reconoció que los contratos se firmaron antes de enero de 2016 pero no aceptó hacer el registro. Esto derivó en la interposición de amparos que dos meses después fueron favorables a los bebés, pues era imperante garantizar su derecho a la identidad. A pesar de eso, recordó Altamirano, la directora del Registro Civil, María Cleofas Hernández Roche, se negó a hacerlo, y el secretario de gobierno, Gustavo Rosario Torres, amenazó con impedir la salida del país de estos bebés. Incluso, supieron que se pensaba interponer un recurso de revisión y presentar cargos contra los padres. Las autoridades aceptaron el trámite con la condición de que se retiraran los amparos.

Mexicanos, también afectados

Juntar créditos hipotecarios, formar un patrimonio para establecer una familia y comenzar a formarla mediante el alquiler de un vientre para tener un hijo es algo que aún no puede ser una realidad para Antonio y David, para quienes cada paso que han dado como pareja ha implicado una batalla legal en contra de las autoridades tabasqueñas.

En 2014, acudieron a la oficina del Registro Civil en Villahermosa a solicitar la celebración de su matrimonio. La contestación fue que el Código Civil local definía al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, por tanto, no podían hacerlo. Abogado de formación, David interpuso un amparo que tardó casi seis meses en resolverse. Un día antes del 14 de febrero de 2015 se casaron, convirtiéndose en la primera pareja tabasqueña en hacerlo.

Tras el logro, decidieron ayudar a otras parejas a obtener el reconocimiento de su derecho al matrimonio. A nivel personal, el plan de tener un hijo seguía pendiente y sabían que era posible en territorio tabasqueño, sin embargo, la legislación cambió para establecer que sólo tienen derecho a un proceso de gestación asistida y subrogada aquellas mujeres mexicanas de nacimiento que acrediten, a través de un certificado médico, “poseer una imposibilidad física o contraindicación médica para llevar a cabo la gestación en su útero” y que tengan entre 25 y 40 años de edad. Además, el menor sólo puede ser entregado “a la madre contratante” y el contrato sólo puede ser firmado por la madre y el padre contratantes. Por eso, no hay posibilidad alguna de que se realice el proceso con parejas de hombres o de mujeres.

La adopción no era una ruta que deseaban seguir porque sabían que los requisitos son muy estrictos para las parejas heterosexuales y seguramente para ellos lo iban a ser más. Nuevamente, tomaron la vía legal al argumentar que esta modificación al Código Civil nació con un sesgo discriminatorio hacia las personas homosexuales. Tanto el gobierno como el congreso locales negaron haber aprobado una ley discriminatoria. Por su parte, en los juzgados les pidieron ir primero con un notario y a la Secretaría de Salud para preguntar si tenían derecho a un proceso reproductivo. Después, les pidieron comprobar ser tabasqueños y ser homosexuales. Tras varios alegatos, admitieron el estudio de su caso, pero del ámbito administrativo lo turnaron al civil, cuestionando que no había un interés legítimo en la interposición del recurso.

En este transcurso, lograron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajera su caso. Ese organismo, a través de la tesis jurisprudencial 08/2017, ha señalado que “la vida familiar entre personas del mismo sexo no se limita únicamente a la vida en pareja, sino que puede extenderse a la procreación y a la crianza de niños y niñas según la decisión de los padres”. Por tanto, “existen parejas del mismo sexo que hacen vida familiar con niños y niñas procreados o adoptados por alguno de ellos, o parejas que utilizan los medios derivados de los avances científicos para procrear”. Lo anterior se ha reflejado en la concesión de amparos a cinco parejas de diferentes partes del país para poder adoptar a un menor o acceder a un método de reproducción asistida.

Para David y Antonio esto representa un guiño, pues han pensado en lograr ese sueño de ser padres de muchas maneras, incluso no legales, pero, aunque saben que podría pasar un largo período de tiempo para obtener un fallo favorable, su esperanza en la justicia aún no muere.

 

Además de Tabasco, el Código Civil de Sinaloa también permite la gestación subrogada con las restricciones de que solo pueden acceder a ella personas mexicanas
residentes en la entidad, casadas y heterosexuales.


Legislación arcaica

Poner al alcance de todas las personas los avances científicos es un derecho que debe garantizarse sin importar si las personas son homosexuales, lesbianas, mujeres u hombres, señaló María de Jesús Medina Arellano, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. El tema, dijo, va más allá de la gestación subrogada, pues hay otras tecnologías de reproducción asistida que son fáciles de llevar al ámbito clínico como la transferencia mitocondrial, caracterizada por impedir la transmisión de enfermedades genéticas, pero al haber una normatividad mínima, se genera controversia y no se ve el beneficio de la aplicación de estas técnicas en la salud reproductiva de las personas.

El problema, indicó la especialista en bioética y derecho, es que se cree que en México no hay regulación en la materia, cuando en realidad, el obstáculo es que la existente es “arcaica y no está a la altura del conocimiento producido por la ciencia básica, lo cual implica que tengamos normas que no están de acuerdo con la realidad social y no permiten llevar a cabo prácticas que no son vigiladas, además de carecer de una aplicación de la ley en beneficio de las clínicas de reproducción asistida”.

Mientras tanto, en Tabasco, Altamirano recomendó, que ante ciertos vacíos legales, las personas deben evitar caer en manos de chantajistas, pues asegura que por internet hay gente ofreciendo sus servicios jurídicos y asegurando contar con contratos legalizados para iniciar el proceso. “Todo eso es falso”, reiteró el jurista, quien añadió que este tipo de acuerdos no sólo es solicitado por las parejas homosexuales

En medio de esta polémica, el diputado Charles Méndez Sánchez, del Partido de la Revolución Democrática, fue más allá y propuso derogar del Código Civil tabasqueño el capítulo referente a la gestación asistida y subrogada. Proteger la dignidad del ser humano fue el argumento, por lo que el legislador busca “evitar que desde el momento de la concepción, se considere al embrión como un objeto de comercio o de investigación biotecnológica”. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, por lo que podría discutirse, e incluso aprobarse, pronto.

Mientras tanto, Julien intenta obtener el registro de su hijo, nacido el pasado 16 de diciembre, para poder irse juntos a Francia. Tres veces le han negado esa posibilidad, por lo que permanecerá en Villahermosa varias semanas más en espera de obtener un amparo que les permita a él y a su hijo dejar atrás esta odisea de más de cuatro meses.

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