Honduras es responsable de transfeminicidio: CIDH — letraese letra ese

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Honduras es responsable de transfeminicidio: CIDH


Notiese. Por primera vez en su historia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado de Honduras era responsable por la muerte de Vicky Hernández, mujer trans, trabajadora sexual y reconocida activista dentro del “Colectivo Unidad Color Rosa”, ocurrida en San Pedro Sula el 28 de junio de 2009.

Aquella noche Vicky se encontraba con dos compañeras en la vía pública de San Pedro Sula, durante la vigencia de un toque de queda que había sido decretado en el contexto del golpe de Estado ese día. Una patrulla de policía habría intentado arrestarlas, por lo que se dieron a la fuga y se perdieron de vista. Al día siguiente, la activista fue hallada sin vida con heridas por arma de fuego. Hasta el día de hoy su muerte no ha sido aclarada por las autoridades y el caso permanece impune.

En su sentencia, la Corte constató que existían varios indicios de la participación de agentes estatales que apuntan a una responsabilidad del Estado por la violación al derecho a la vida y a la integridad de Vicky Hernández, ocurrida en un contexto de violencia contra las personas LGBTI, y en particular contra las mujeres trans trabajadoras sexuales.

El Estado hondureño reconoció parcialmente su responsabilidad internacional, en el entendido que las autoridades no efectuaron con la debida diligencia la investigación por el homicidio de la renombrada activista hondureña.

La Corte señaló que, durante la investigación, las autoridades no consideraron el contexto de discriminación y violencia policial contra las poblaciones LGBTI y las mujeres trans trabajadoras sexuales.

En otro orden, el Tribunal determinó que, al haber sido asesinada y durante la investigación del homicidio, así como por el marco jurídico general de discriminación, se vulneraron los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica y no discriminación y el derecho a la identidad de género de Hernández.

Por otro lado, el organismo interamericano encontró que se vulneró el derecho a una vida libre de violencia para la víctima y sus familiares, considerando que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer se refiere también a situaciones de violencia basada en su género contra las mujeres trans.

El Tribunal también encontró que las y los familiares de Vicky Hernández resultaron afectados por el sufrimiento que les causó su muerte, la situación permanente de discriminación de la cual ella era objeto, así como la situación de impunidad en la cual se encuentra el homicidio.

En razón de estas violaciones a sus garantías, la Corte ordenó diversas medidas de reparación al Estado entre las que se encuentran: promover y continuar las investigaciones sobre el homicidio de Vicky Hernández; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; elaborar un audiovisual documental sobre la situación de discriminación y violencia que experimentan las mujeres trans en Honduras; crear una beca educativa llamada “Vicky Hernández” para mujeres trans; crear e implementar un plan de capacitación permanente para agentes de los cuerpos de seguridad del Estado; adoptar un procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género que permita a las personas adecuar sus datos de identidad, en los documentos de identidad y en los registros públicos de conformidad con su identidad de género autopercibida; adoptar un protocolo de investigación y administración de justicia durante los procesos penales para casos de personas LGBTI víctimas de violencia; y diseñar e implementar un sistema de recopilación de datos y cifras vinculadas a los casos de violencia contra las personas LGBTI.

Asimismo y como parte de su resolutivo, la Corte también recordó que las personas LGBTI han sido históricamente víctimas de una discriminación estructural, de estigmatización, de diversas formas de violencia y de violaciones múltiples a sus derechos fundamentales, y que características como la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de la persona son categorías protegidas por la Convención Americana.

En consecuencia, consideró la instancia, el Estado no puede actuar de forma discriminatoria en contra de una persona por motivo de su orientación sexual, su identidad de género y/o su expresión de género.

Además la Corte se encargó de notificar que se vulneraron el derechos a la vida y a la integridad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial, al reconocimiento de la personalidad jurídica, entre otros, tanto de Vicky como de sus familiares.

Derechos otorgados

El pasado 29 de junio, 27 Estados solicitaron al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU) que proteja urgentemente los derechos humanos de las personas trans, especialmente de las mujeres trans, según han declarado diferentes organizaciones de la sociedad civil.

Los Estados solicitantes también instaron a los gobiernos a trabajar con las organizaciones dirigidas por personas trans para sensibilizar sobre las situaciones específicas a las que se enfrentan sus comunidades.

La declaración fue entregada por Chile en nombre de los 27 Estados miembros de la ONU del recién formado Grupo de Amigos del mandato del Experto Independiente de la ONU sobre Orientación Sexual e Identidad de Género durante el Diálogo Interactivo con la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias.

"Las personas transgénero y otras personas de género diverso se enfrentan a niveles extraordinarios de violencia y acoso", dijo Chile.

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