Cuerpos aprisionados — letraese letra ese

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Cuerpos aprisionados


“¡Pídele perdón porque tú lo mataste!” fueron las palabras que le dijeron a Martha Patricia en el hospital donde la atendían por un aborto espontáneo mientras una enfermera le enseñaba al producto enrollado en una cobija. Tenía 19 años, desconocía que estaba embarazada y no tenía familiares cerca, pues su comunidad de origen está a más de seis horas de distancia.

Ella acudía a una de las clínicas del Instituto Mexicano del Seguro Social del puerto de Veracruz, donde estudiaba su licenciatura, porque tenía tres meses sintiéndose mal. El diagnóstico que recibió en diciembre de 2014 fue colitis, gastritis e inflamación de los senos.

Menstruaba cada mes de manera regular, pero seguía teniendo molestias a pesar de que estaba tomando el tratamiento que le recetaron. En febrero de 2015 decide terminar su relación de pareja ante el maltrato que sufría y en marzo registra un retraso de cuatro días en su ciclo menstrual. Una prueba casera arroja que está embarazada. En ese momento de su vida, Martha tenía en la mente la clara idea de terminar sus estudios lo más rápido posible para que su mamá ya no tuviera que trabajar tanto en obtener dinero para mandarle, pues vivía sola en el Puerto de Veracruz.

Cuando se enteró, tenía claro que no deseaba un hijo ni que éste fuera el motivo para mantener una relación con alguien a quien ya no quería. En cuanto supo el resultado de la prueba pensó en interrumpir su embarazo, pero desconocía cuanto tiempo llevaba. Según sus cuentas, no más de mes y medio. Lo primero que se le ocurrió fue tomar una pastilla. Horas después de tomársela, comenzó a sentirse mal por lo que acudió a su clínica de costumbre, donde la enviaron al Hospital General de Zona N° 71 del puerto veracruzano al darse cuenta de que estaba embarazada y tenía un aborto espontáneo. Cuando les dijo a los médicos que desconocía cuántos meses de gestación tenía, le respondieron que no le creían. Para ellos, el producto ya estaba grande y ella era una “chamaca” que hacía las cosas inconscientemente.

Cuando pasó al área de ginecología persistieron los regaños. La especialista que la atendió le recalcó que “había matado a un ser vivo y estaba en problemas”. A la amiga que la acompañó la culparon de haberle dado la pastilla. Martha recuerda que mientras estaba en la cama le llovían preguntas de muchas personas a quienes nunca había visto en su vida. La más insistente era sobre quién la había obligado a tomarse las pastillas. Las enfermeras decían que no merecía un buen trato y llegaron a lastimarla mientras la atendían.

En medio del caos, la directora del nosocomio fue a buscarla para comentarle que lo que había ocurrido no era un aborto inducido, ya que la pastilla no se había diluido. Más bien, le aseguró, era un aborto espontáneo. Esa versión cambiaría cuando el Ministerio Público arribó, pues reportó que Martha había tomado “varias pastillas para abortar”.

Los propios policías ministeriales le advirtieron que estaba en un problema muy grave y su deber era seguirlo de oficio. Ella duda hasta el día de hoy de que la carpeta de investigación esté conformada de manera adecuada ya que cree que aumentaron las semanas de su embarazo y omitieron detalles como que ella acudía al médico de manera regular desde diciembre.


Muchas mujeres que ven interrumpidos sus embarazos, ya sea por accidentes o por desconocimiento de su gravidez, podrían enfrentar acusaciones penales si, a criterio del personal médico o las autoridades, el aborto que sufrieron fue intencional.


Apoyada por Las Libres, organización civil que brinda apoyo a mujeres en la defensa de sus derechos humanos y reproductivos, Martha evitó ir a prisión y el inicio de un proceso en su contra, pues en territorio veracruzano, una reciente reforma a la Constitución local estableció que la vida debe protegerse desde el momento de la concepción hasta la muerte y sólo se permite la interrupción del embarazo en caso de violación, peligro de muerte de la madre, por causas imprudenciales (aborto espontáneo), alteraciones genéticas del producto o inseminación artificial no consentida.

Como medida legal, interpuso un amparo, que fue revisado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero ésta determinó que no era Martha quien debía impugnar las leyes veracruzanas. Mientras tanto vive lejos de Veracruz, donde comenzó a estudiar su carrera universitaria de nuevo y puede salir tranquilamente a la calle o cualquier espacio público sin que le pregunten si ella fue la que abortó, como ocurría en el Puerto, en específico, en la universidad donde estudiaba.

¿Qué es la docimasia?
En un recipiente con agua se coloca un pedazo del pulmón del producto recién fallecido. Si flota, significa que tuvo oxígeno, es decir, ya estaba vivo cuando salió del vientre. Si el trozo queda en medio, es señal de que era un producto viable. Si se hunde, el producto no podía sobrevivir. Salvo en el último caso, en los dos anteriores es posible que la mujer involucrada vaya a prisión, se haga acreedora a una sanción administrativa o sea enviada a tomar terapia psicológica.

El método se llama docimasia pulmonar y es el más socorrido por los médicos legistas desde hace varios siglos, pues se le atribuye al médico griego Galeno, aunque varias fuentes refieren que su uso se hizo común hasta el siglo XVII para investigar posibles infanticidios. La prueba responde a que un pulmón es más ligero cuando ya recibió oxígeno, por tanto, puede flotar. En contraparte, es más pesado si no ha cumplido con su función de inhalar y exhalar el oxígeno.

Al respecto, en entrevista, el abogado Edgardo Calderón, del área jurídica de la organización Asistencia Legal por los Derechos Humanos, consideró que esta prueba no es contundente, sino que “es muy austera”, pero sus resultados pueden enviar a una persona, sobre todo mujeres, a la cárcel.

Para Verónica Cruz, directora de Las Libres, el uso de la docimasia pulmonar es muestra del rezago en la materia, pues existen mejores herramientas como el uso de la luz ultravioleta para determinar si el producto podía vivir o no.

De acuerdo con la activista, el marco legal en la materia es muy confuso debido a que no sólo es ambiguo para las mujeres, sino que brinda todas las herramientas para criminalizarlas, pues en muchas ocasiones, a pesar de que los hechos demuestran que hubo un aborto espontáneo, un parto prematuro o una emergencia obstétrica, los órganos judiciales inclinan sus investigaciones hacia la línea del homicidio. Esto debido a que los códigos penales, tanto federal como de cada estado, sancionan tanto al aborto como al homicidio en razón de parentesco, manteniendo una delgada línea entre ambos, y dando mayores sanciones a quienes cometen homicidio, hasta por más de 20 años de prisión. Sin embargo, advierte Cruz, también hay mujeres encarceladas por “el delito de aborto”, a pesar de que el interrumpir un embarazo no amerita la privación de la libertad de la persona.

En junio del año pasado, Arturo Zaldívar, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, propuso declarar inconstitucionales los artículos 332 y 334 del Código Penal Federal, ambos referentes al tema de aborto y a la realización de éste o la ayuda para llevarlo a cabo, y las sanciones derivadas de ello. La medida no prosperó en la Primera Sala del máximo tribunal a pesar de haberse revisado el caso de una mujer que solicitó interrumpir su embarazo en un hospital del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado tras conocer que el producto tenía un síndrome que le impediría el desarrollo de sus órganos genitales, y por ende, gozar de una buena calidad de vida.

Opacidad en los procesos legales
Alcanzar un libro para su tarea motivó que Miriam subiera a un mueble e intentara alcanzarlo. Resbaló y cayó al suelo, pegándose en la cadera y en la cabeza; quedó inconsciente por más de una hora. Ella no sabía que estaba embarazada, y cuando intentó levantarse, la hemorragia fue muy fuerte y sintió un desprendimiento en su vientre. Su familia la encontró en medio de un charco de sangre y con el producto tirado en el piso. Su concubino la llevó al Hospital General de Acapulco, donde el médico que la atendió le solicitó que también le mostraran el cuerpo del producto. El doctor reportó que el producto presentaba, además del golpe en la cabeza, algunas heridas en el pecho y el ombligo, por lo que dio aviso a las autoridades “de un probable homicidio".

Sin recibir la atención médica necesaria, a pesar de presentar hemorragia vaginal, Miriam fue llevada a declarar al Ministerio Público bajo autorización del cuerpo médico del nosocomio, que optó por darla de alta.



Entre 2007 y 2012, la organización civil guanajuatense Las Libres registró 700 casos de mujeres encarceladas por aborto o delitos que se les imputaron derivados de la interrupción de un embarazo.


Sin contar con una defensoría apta para el caso, a Miriam se le dio una pena de 20 años de prisión por homicidio en razón de parentesco, pues “las pruebas” apuntaban a que ella misma había asesinado a su hijo. Esas pruebas eran los testimonios de su concubino, su cuñada y su suegra, los cuales nunca fueron ratificados ni investigados. Ella recibió su condena en 2012, a pesar de haber ingresado al penal de Las Cruces en 2008, y hasta 2016 pudo impugnar la condena. No tuvo apoyo profesional. Sin conocimiento alguno, firmó su auto de formal prisión. Casi nueve años después logró salir del penal por las inconsistencias durante su proceso. Además, señala Edgardo Calderón, su abogado defensor, nunca se aclaró lo de las heridas ni se supo si de verdad estaban presentes o no.

En la región de La Laguna, en la que colindan Durango y Coahuila, en Gómez Palacio, del lado duranguense, otra mujer aún litiga para poder conseguir su libertad. Mientras enfrentaba un proceso de separación de su pareja, decidió enviar a sus cinco hijos a la casa de su abuela, en otro estado de la República, donde estaban bajo la supervisión del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, el cual le advirtió que no cuenta con los recursos necesarios para mantener a los menores y había la posibilidad de que los llevaran a una casa hogar. En medio de ese asunto, se enteró del embarazo de un sexto hijo, el cual ya no deseaba tener. Optó por buscar a alguien que le ayudara a comprar pastillas para interrumpir el embarazo, en otro estado para mantener la discreción. Después de tomarlas, sintió contracciones y se produjo el alumbramiento. De acuerdo con sus cálculos, el parto se estaba adelantando por lo que pensó que lo que ocurría era un aborto. Al salir el producto, decidió amarrarle el cordón umbilical pero desconocía cómo hacerlo, así que el producto murió como consecuencia de una hemorragia. Cuando las autoridades investigaron las causas de la muerte del menor, concluyeron que ella lo mató, que el producto ya era una persona y había nacido vivo. Para ella es muy claro que lo abortó porque no tenía las posibilidades de darle una vida digna y el embarazo no había llegado a su fin. Actualmente espera que le otorguen el amparo que le permita salir de prisión, que no la culpen de homicidio en razón de parentesco sino que se reconozca que ocurrió una emergencia en la que ella no supo cómo actuar, pero sobre todo, que pueda volver a unirse con sus hijos.

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