Año de avances sexodiversos — letraese letra ese

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Año de avances sexodiversos


Cuatro años tuvieron que pasar desde que, por primera vez, se presentó una iniciativa para cambiar el Código Civil de Tlaxcala y permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, para que el Congreso local se sumara a la oleada de “Tlaxcala dice sí, acepto”, un conjunto de asociaciones civiles y colectivos que han pugnado por el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en la entidad.

Entre vítores, y algunas banderas multicolor en el pleno del congreso tlaxcalteca, se celebró que el 8 de diciembre, 16 legisladores votaran a favor de la modificación del artículo 46 de la ley civil local y sólo tres lo hicieran en contra, cambiándose la definición de matrimonio de ser la unión entre un hombre y una mujer por la unión entre dos personas.

De esta manera, la entidad ubicada en la zona centro oriente del país ha cumplido con las demandas de las poblaciones de la diversidad sexual de reconocer sus derechos civiles al matrimonio y al reconocimiento de la identidad de género, pues en diciembre de 2019, modificó la legislación para permitir a las personas transexuales realizar el cambio de su acta de nacimiento en concordancia con su identidad con sólo un trámite administrativo, sin peritajes.

En el estado vecino, Puebla, ocurrió lo mismo a comienzos de noviembre, cuando el congreso local aprobó cambios similares al Código Civil, estableciendo que el matrimonio es “la unión entre dos personas que se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con igualdad de derechos y obligaciones”.

A diferencia de Tlaxcala, desde 2015 a la fecha, el congreso poblano estuvo en desacato por no reconocer ese derecho civil a pesar de la emisión de tres exhortos por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para hacer los cambios necesarios en las leyes vigentes.

La situación era contradictoria, pues, como señalaron organizaciones civiles, en los últimos cinco años se habían celebrado en el estado 177 uniones matrimoniales entre personas del mismo sexo, la mayoría de ellas, sin necesidad de la interposición de un amparo.

Reconocen la identidad de género

Desde la Ciudad de México, Estado de México, Sinaloa, Guanajuato, Aguascalientes y Baja California viajaron familias a la capital de Jalisco, Guadalajara, para que sus más pequeños integrantes obtuvieran un acta de nacimiento en la que se les reconociera su identidad de género, una imposibilidad en sus estados de origen.

Al grito de “¡Aquí está la resistencia trans!”, estas familias acudieron al Registro Civil de Jalisco para hacer válido el acuerdo publicado por el gobernador local el pasado 28 de octubre para reconocer el derecho de las personas trans a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de recurrir a peritajes médicos ni legales.

En el acuerdo, mediante el cual se adicionó al Reglamento del Registro Civil del Estado de Jalisco el Capítulo XII, titulado “De la modificación de datos personales contenidos en las actas del Estado Civil conforme a la identidad de género auto-percibida”, se estableció que “cualquier persona que cuente con un acta de nacimiento registrada en el país, podrá acudir a las oficialías del registro civil a realizar su trámite de modificación de los datos de nombre y género para contar con acta de nacimiento acorde a su identidad”.

Además, se estableció que quienes sean menores de 18 años deben presentar un escrito de quien ejerza la patria potestad o tutor en el que exprese su consentimiento para la modificación de su documentación legal.

 

Hasta el momento, en 12 estados, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Chihuahua, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí y Sonora, se ha reconocido el derecho a la identidad de las personas trans conforme a su identidad o expresión de género.

 

De esta manera, Jalisco se convirtió en la única entidad del país en permitir el cambio de documentación oficial a personas trans menores de edad, una realidad que no se pudo conseguir en la Ciudad de México, donde desde hace más de un año permanece congelada en el congreso local una iniciativa para permitir a las personas menores trans el reconocimiento de su identidad.

En el sureste mexicano, en Quintana Roo, en víspera de los festejos del inicio de la Revolución Mexicana, el congreso local aprobó “reformas al Código Civil donde se establecen procedimientos sencillos, expeditos y gratuitos para el cambio de datos de nombre y género en el acta de nacimiento de las personas trans que así lo deseen”. Así, este estado se convirtió en la única entidad de la región sureste en reconocer el derecho a la identidad de las poblaciones trans.

En el extremo norte del país, en Sonora, en el comienzo de octubre, el congreso de la entidad aprobó de manera unánime cambiar la Ley del Registro Civil para facilitar la rectificación de la identidad de género para las personas transgénero en sus actas de nacimiento.

Si bien el proceso inició en febrero de 2020, y la discusión y la aprobación de la propuesta tardaron más de ocho meses, los colectivos sonorenses a favor de los derechos de las poblaciones LGBTI indicaron que este era un primer paso y una victoria significativa, pero aún están pendientes aspectos como el matrimonio igualitario y la garantía de “condiciones de vida digna, y ello conlleva el derecho a la salud, a la vivienda y al trabajo sin discriminación alguna”.

Contra las terapias de conversión

Aquellas sesiones “psicológicas” en las que se aseguraba que se podía curar la homosexualidad quedaron prohibidas en la capital del país y el Estado de México, como parte de una serie de medidas en las que se protege la dignidad de las personas LGBTI.

En el caso de la Ciudad de México, el 24 de julio pasado, se modificó el artículo 206 bis del Código penal para “tipificar los contratos, tratamientos, terapias o servicios, tareas o actividades que pretendan corregir la orientación sexual o identidad o expresión de género, y que atentan contra el libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual de las personas en la ciudad.

Además, se incorporó el capítulo VII, denominado “delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual” y el artículo 190 quarter para señalar que “a quien imparta u obligue a otro a recibir una terapia de conversión se le impondrán de dos a cinco años de prisión y de cincuenta a cien horas de trabajo en favor de la comunidad”.En el caso del Estado de México, se aprobaron medidas similares, adicionando al Código Penal el artículo 211 sexies y el 7, para sancionar a los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual, con uno a tres años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo en favor de la comunidad y de 50 a 250 unidades de multa.

Para frenar los delitos de odio

A las afueras del centro nocturno llamado Greko Latinos, en San Luis Potosí, un joven gay de 18 años fue asesinado a golpes por un grupo de hombres, que aparentemente, conducían taxis y estaban en espera de ofrecer sus servicios de transporte. Sin esclarecerse los hechos el todo, la Fiscalía del estado determinó que el asesinato derivó de una riña que pudo haber iniciado al interior del establecimiento.

Para las diferentes organizaciones de defensa de los derechos LGBTI en la entidad potosina, el suceso no se investigó con la perspectiva adecuada pues el asesinato pudo haber derivado de una conducta de odio hacia las personas homosexuales, pues la víctima, Damián, era abiertamente gay.

A raíz de los sucesos, en conjunto con la Fiscalía Especializada en materia de Derechos Humanos, la Comisión Estatal de Derechos Humanos y la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, se elaboró una propuesta para crear como tipo penal autónomo el delito de odio y ampliar el concepto de discriminación.

Datos de la Fiscalía potosina indicaron que ha judicializado tres carpetas de investigación tomando en cuenta el posible odio hacia una persona por su orientación sexual o identidad de género, y otras tres carpetas están en el proceso de investigación.

 

En marzo, el gobierno mexicano ratificó la Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia,en la que se considera que ninguna persona, por su orientación sexual o identidad o expresión de género, entre otras razones, debe tener limitaciones en el reconocimiento de sus derechos.

 

Temas pendientes

Una acción de inconstitucionalidad y varios llamados por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) a congresos locales para modificar los códigos civiles para permitir las uniones matrimoniales entre personas del mismo sexo se dieron en el segundo semestre de 2020.

El caso que más llama la atención es el de Baja California, donde en menos de dos años, el Congreso de la entidad ha hecho a un lado la temática en tres ocasiones, excluyendo su discusión en el pleno del órgano legislativo, a pesar de que casi la mitad de quienes integran la legislatura actual están a favor de la reforma a la constitución local para “prohibir la discriminación motivada por preferencia sexual y otras características que podrían ser usadas como base para anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”. Una vez aprobada esa reforma, se daría paso a la modificación del Código Civil para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo.

La misma CNDH hizo un llamado a los Congresos de Querétaro y de Zacatecas para dictaminar y aprobar las reformas a los códigos civiles de las entidades para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, así como el derecho a la identidad de género en ambas entidades.

En el caso de Veracruz, interpuso una acción de inconstitucionalidad debido a que, en junio de 2020, el congreso de la entidad modificó el Código Civil para indicar las obligaciones que deberían cumplir quienes decidieran contraer matrimonio, pero no cambió la definición de la figura jurídica a pesar de que es contraria a lo establecido en el artículo 1 de la Constitución, que establece que no se puede discriminar a nadie por su “preferencia sexual”.

En Guerrero, el congreso local rechazó modificar la legislación civil para reconocer al matrimonio igualitario al sólo lograrse 15 de los 38 votos posibles.

Como medida paliativa, el Partido Acción Nacional anunció la presentación de una nueva propuesta para que se aprueben estas uniones, que contempla en un apartado especial la garantía de los mismos derechos dentro de la ley, salvo que no podrán tener derecho a la adopción de menores de edad.

A diez años de haberse logrado que las parejas conformadas por personas del mismo sexo pudieran celebrar matrimonio en la Ciudad de México, y al paso del tiempo, los derechos de las poblaciones LGBTI aún no son una realidad en otras entidades del país, sólo una de cada tres entidades reconoce el derecho a la identidad de las personas trans, y una de cada dos han modificado su ley para permitir los matrimonios entre personas del mismo sexo.

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