Sexo, mentiras y educación — letraese letra ese

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Sexo, mentiras y educación


Un nuevo sistema de televisión se contrata en casa. Al configurar la cuenta de usuario, el sistema le pregunta a la madre o el padre de familia si quiere establecer un código para restringir ciertos contenidos de los que se ofrecen. Se trata de una clave numérica, un PIN, como se dice en inglés, que por lo regular se usa para evitar que niños o niñas accedan a contenidos que sus padres consideran inapropiados. Este mismo mecanismo es el que ciertos grupos conservadores quieren utilizar para limitar el acceso de sus niños, niñas y adolescentes a contenidos escolares que consideran “inapropiados”, a saber, educación sexual integral, información sobre violencia de género y temas de diversidad sexual.

En el llamado pin parental no hay códigos de cuatro cifras. El mecanismo se basa en que la escuela dé a conocer con anticipación las actividades de enseñanza programadas para el ciclo escolar, y solicite la autorización, por escrito, de las o los tutores para que su hijo pueda recibir esas enseñanzas. Así fue planteada la propuesta por el partido VOX, bastión de la ultraderecha española, a finales del año pasado, y así se ha querido replicar en México, hasta el momento, en cinco estados de la república.

Una entrada sigilosa

El 29 de mayo pasado, en plena crisis por la pandemia de COVID-19, el Congreso de Nuevo León rechazó la propuesta de modificación al artículo 3º de la Constitución estatal, que habría dado cabida al pin parental. La iniciativa, presentada por el diputado Juan Carlos Leal Segovia, contemplaba que “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.

Con 20 votos a favor, de 28 necesarios para modificar la Constitución estatal, la propuesta generó también 12 votos en contra y 9 abstenciones. El objetivo era que el consentimiento de padres y madres fuera requerido para impartir lecciones sobre contenidos principalmente considerados de orden moral e ideológico.

La propuesta de pin parental en Nuevo León generó gran polémica y rechazo, y a la par salieron a relucir los antecedentes del diputado Leal Segovia, quien a principios de este año fue expulsado de su entonces partido, Morena, por haber secundado un comentario de odio homofóbico en redes sociales. Luego del procedimiento de expulsión, el legislador se unió al Partido Encuentro Social, el cual ha sido vinculado, desde su creación, con la derecha evangélica del país.

En este mismo partido milita la diputada Karina Banda Iglesias, del estado de Aguascalientes, quien logró que sólo unos días antes –el 21 de mayo– su estado aprobara, ahí sí por unanimidad y sin mayor discusión, una reforma a la Ley Estatal de Educación que dejó establecido lo siguiente: “la autoridad educativa dará a conocer de manera previa a su impartición los programas, cursos, talleres y actividades análogas en rubros de moralidad, sexualidad y valores a los padres de familia a fin de que determinen su consentimiento con la asistencia de los educandos a los mismos, de conformidad con sus convicciones”.

 

El llamado pin parental es un mecanismo con el que se pretende que padres, madres o tutores deban dar su autorización expresa para que niños, niñas y adolescentes reciban instrucción “extracurricular”, como charlas sobre educación sexual integral, violencia de género o diversidad sexual.

 

Respuestas proderechos

Las alarmas comenzaron entonces, y al estallar la discusión se detectó que también los congresos de Chihuahua, Querétaro y la Ciudad de México habían recibido iniciativas similares al pin parental, y estaba pendiente discutirlas.

En el estado de Aguascalientes, colectivos y organizaciones civiles locales publicaron una carta en la que señalaban que las modificaciones a la Ley de Educación eran contrarias a los principios básicos de la educación “inclusiva, equitativa y de calidad” que propone la ONU como uno del os Objetivos de Desarrollo Sostenible, con los cuales se han comprometido todos los países miembros, entre ellos México.

Después, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Aguascalientes hizo lo propio y promovió, el 19 de junio, una acción de inconstitucionalidad, en respuesta a la solicitud de las organizaciones civiles como Observatorio de Violencia Social y de Género, Colectivo Ser Gay y Cultivando género, entre otras, para que, en su calidad de instancia autorizada, buscara revertir la modificación.

Entre los argumentos legales contra el pin parental, comentó en su momento el abogado Wilfrido Salazar, del Observatorio de Violencia Social y de Género, están que vulnera la rectoría del Estado sobre los programas educativos, que viola el derecho a la educación y también vulnera el interés superior del menor.

Más tarde ese mes, 18 organizaciones de la sociedad civil de todo el país conformaron el Colectivo Artículo 3, con la finalidad de frenar lo que consideraron que sería un retroceso en materia de acceso a la educación sexual. Mediante una conferencia de prensa virtual, señalaron que es urgente desechar todas las iniciativas relacionadas con el pin parental y, en cambio, legislar con base en lo establecido por la Constitución, así como en los tratados internacionales suscritos por México, como la Convención sobre los Derechos del Niño.

Medida inconstitucional

Los grupos conservadores han argüido que oponerse al pin parental viola el “derecho” de padres y madres a decidir qué tipo de educación debe recibir su prole. Así lo enunciaron integrantes del Frente Nacional por la Familia, Iniciativa Ciudadana, la Unión Nacional de Padres de Familia y la Alianza Nacional de Padres de Familia, quienes en una conferencia virtual en compañía de la senadora del PAN Lilly Téllez y del senador del PRI Manuel Añorve, calificaron incluso como “un derecho humano universal” el que padres y madres tengan la facultad de elegir la educación, las clases y los talleres que sean impartidos en escuelas públicas y privadas.

Sin embargo, activistas en pro de los derechos sexuales y reproductivos, e incluso varios titulares de instancias estatales y federales, han argumentado a favor del interés superior del menor. Este principio se estableció en la Convención sobre los Derechos del Niño (1990) y considera que, cuando haya que tomar decisiones sobre lo que concierne a niños, niñas y adolescentes, “se debe conceder más importancia a lo que sea mejor para el niño”. Sobre el tema, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ha explicado que las y los menores de edad, quienes están en proceso de formación y desarrollo, “por sus características particulares dependen de las personas responsables de su cuidado para la realización de sus derechos; sin embargo, esta circunstancia puede llegar a limitar sus posibilidades de defender sus intereses”. Es por esto que los derechos de niños, niñas y adolescentes deben prevalecer incluso sobre los derechos de sus padres, como en los juicios de divorcio, por ejemplo.

Además, las iniciativas legales que buscan aprobar el pin parental se oponen abiertamente a la Constitución Política de México, que en su artículo 3° indica: “El criterio que orientará a (la) educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios”.

Adicionalmente, gracias a la reforma aprobada el mes de mayo de 2019, el mismo texto constitucional establece que que “los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y una orientación integral”, y que en ellos se promoverán “estilos de vida saludables, la educación sexual y reproductiva y el cuidado al medio ambiente, entre otras”.

 

Aguascalientes, Nuevo León, Querétaro, Chihuahua y la Ciudad de México han visto nacer iniciativas relacionadas con el pin parental, con el argumento de que padres y madres tienen el “derecho universal” a decidir la educación que reciben los menores.

 

Contra la censura previa

Ante la amenaza latente de que se promuevan más iniciativas de este tipo, el pasado 5 de julio las Secretarías de Gobernación, Educación y Salud, junto con otras instancias gubernamentales, emitieron un boletín en el que mostraron su franca oposición al pin parental, pues consideraron que reformas legales como estas violan “los principios de progresividad y prohibición de no regresión de los derechos”, además de que trasgreden la rectoría del Estado en cuanto a la definición de los contenidos educativos.

El comunicado enlista una serie de garantías que se estarían violando con el pin parental, tales como el interés superior del menor, el principio de progresividad y no regresión de los derechos, el derecho a la educación, el derecho a la protección contra los malos tratos, la libertad de expresión, el derecho de información, el derecho a la salud sexual y reproductiva y el derecho a la educación laica, entre otras.

Al mismo tiempo, el documento recuerda que “uno de los principios constitucionales e históricos de la educación pública es la educación laica, la cual exige el respeto a la libertad de todas las creencias religiosas, así como basar la educación en los derechos humanos y la ciencia”. Las consecuencias que podría traer la implementación de una medida como esta, alertan las secretarías, son el incremento en el abuso sexual infantil y el embarazo en niñas, el incremento de embarazo en adolescentes y el aumento del acoso escolar, expresado como homofobia y la discriminación.

Luego de la publicación de este boletín, la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, fue cuestionada sobre el tema en diversos espacios, y sobre ello ha mostrado una postura firme en contra de lo que calificó como una “censura previa”, y en defensa de la educación sexual, la perspectiva de género y el respeto a la diversidad sexual.

El 2 de agosto, la CNDH promovió también una acción de inconstitucionalidad contra la reforma aprobada en Aguascalientes, por considerar que viola preceptos constitucionales y al menos siete tratados internacionales firmados por México, además de violentar los derechos a la educación, a la salud sexual, al desarrollo integral y al libre desarrollo de la personalidad, así como el principio de interés superior de la niñez, entre otros derechos fundamentales.

Mientras esto sucede, las iniciativas presentadas en Querétaro, Ciudad de México y Chihuahua están siendo analizadas en comisiones. Las primera fue presentada en enero por la diputada del PES Elsa Méndez Álvarez; las dos siguientes se presentaron en febrero, por el diputado José Aboitiz Saro (PES) y la diputada Marisela Sáenz (PRI), respectivamente.

Las 3 iniciativas mencionan expresamente al pin parental, el cual para la Segob representa una medida contraria a “la construcción de una sociedad equitativa, inclusiva, bien informada y responsable”.

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