Emiten recomendación por muerte de joven con VIH en penal — letraese letra ese

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Emiten recomendación por muerte de joven con VIH en penal


A dos años de haber ocurrido el fallecimiento de Jonathan al interior del penal de Chiconautla, Ecatepec, como consecuencia de una serie de negligencias médicas en las que no se le brindaron las atenciones médicas adecuadas a pesar de vivir con VIH, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la recomendación 29/2017 dirigida a la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Estado de México.

Dicha recomendación establece que se deben aplicar sanciones administrativas y penales a las y los servidores públicos, quienes propiciaron las negligencias médicas que derivaron en la muerte de Jonathan; proporcionar atención psicológica especializada a los familiares y personas afectadas directamente por el fallecimiento; mejorar los mecanismos de atención y detección de padecimientos al ingreso de las personas privadas de su libertad; fomentar la aplicación de pruebas de detección de VIH al interior de los penales mexiquenses; capacitar al personal de los centros penitenciarios en el tema y evitar que se repita la situación en otros casos en lo que estén involucradas personas con VIH.

A los 24 años, Jonathan fue detenido de manera arbitraria la tarde del 19 de agosto de 2014, mientras aprovechaba su día de descanso para realizar algunos encargos cerca de su domicilio. A unas calles del mismo, un auto se acercó y sus ocupantes le preguntaron por la ubicación de una colonia. Abrieron las puertas traseras, lo detuvieron entre varios hombres, lo subieron, lo golpearon y se lo llevaron al Ministerio Público de San Agustín, Ecatepec, donde lo acusaron de homicidio.

Él le comentó a su familia que durante el traslado lo golpearon hasta que aceptó haber cometido el asesinato de una persona a la que no conocía; después se supo que la víctima era una persona en situación de calle asesinada con varias cuchilladas. El día que ocurrió el crimen, él estaba en casa de una vecina, arreglando el cabello de una chica de 15 años que celebró su fiesta esa tarde.

Casi recién ingresó al penal, ubicado en el municipio de Ecatepec, el cuerpo de Jonathan comenzó a llenarse de granos supurantes de pus. Las autoridades del penal dijeron que estas lesiones eran causadas por una epidemia, pero que ya se le había dado medicamentos. Las condiciones de vida eran deplorables, dormía en el piso, junto al excusado. Su familia le pagó un camarote pero su estado de salud se agravó.
En abril de 2015 fue detectado VIH positivo, aunque él nunca dio su consentimiento para que le hicieran una prueba de detección. Se la hicieron porque era homosexual y tenía frecuentes diarreas y gripes. Ante la situación lo enviaron al hospital de Las Américas, también en Ecatepec, y al Centro Ambulatorio para la Prevención y Atención en SIDA e Infecciones de Transmisión Sexual (Capasits) donde le confirmaron su seropositividad y le otorgaron medicamento antirretroviral, el cual fue entregado a las autoridades carcelarias para que se lo suministraran.

Pasó cuatro días en el hospital y regresó al penal, donde fue colocado en la enfermería. Según las autoridades, no podían trasladarlo a un centro de salud porque no estaba grave. El argumento era que ya nadie se moría de VIH y que con los fármacos era suficiente.

Desde aquel abril hasta agosto, pasó la mayoría de su tiempo en la enfermería, o de manera esporádica, en el hospital Las Américas, a donde era enviado a pesar de ser un nosocomio sin especialistas en el área de infectología. Nunca volvieron a enviarlo al Capasits, a pesar de que éste se ubica al lado del hospital.

Además, culpaban a Joni de su estado de salud porque “no le echaba ganas”, ya que no se bañaba, en realidad, a causa de que no podía ponerse de pie. No tenía todos sus medicamentos a la mano porque nadie se los pudo llevar de la celda donde estaba a la enfermería. Su familia le había comprado algunas cremas para los brotes y no se las ponían. Igualmente, a nadie le constaba si le daban sus medicamentos antirretrovirales. Él recibía pastillas pero no sabía para qué eran.

Los reclamos eran constantes de parte de la familia y también de Letra S, organización que lo acompañaba. El personal de salud les dijo que con unas leches fortificadas “se iba a levantar”. Ya no se supo si el método propuesto sería útil. Él murió el 27 de agosto de 2015, cuatro días antes de la reapertura de su caso a revisión ante la serie de irregularidades encontradas, como el hecho de que nadie lo había señalado directamente.


Doble vulnerabilidad

De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, las personas con VIH o sida en situación de reclusión no deben ser vulneradas en sus derechos humanos. Una cartilla elaborada por el organismo establece que este sector de la población penitenciaria tiene derecho a no sufrir ningún tipo de discriminación mientras se encuentre privada de su libertad; sólo la persona pueden decidir si se le aplica o no una prueba de VIH; en ningún caso puede ser ubicada en zonas aisladas sin su consentimiento; no se le puede negar el derecho al matrimonio ni obligar a realizarse pruebas médicas ; tiene derecho a recibir información sobre el virus y el sida; no se le debe impedir o limitar el derecho a la visita íntima; se le debe garantizar el respeto a los derechos humanos, el trabajo y la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para la reinserción social; la garantía de recibir atención médica, psicológica y social digna, cuyo objetivo sea mejorar la calidad de vida y el manejo confidencial de su expediente, entre otras garantías.

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